San Luis PotosĂ, debe crear un Programa para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el estado, asĂ como generar polĂticas pĂşblicas que disminuyan la brecha de desigualdad de la poblaciĂłn y con esto disminuir la vulnerabilidad de la poblaciĂłn ante el fenĂłmeno de trata de personas.
Éstas fueron parte de las recomendaciones que se emitieron dentro del Informe Sobre Trata de Personas que elaborĂł el Observatorio para Prevenir este fenĂłmeno y el Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio de Montesinos, a travĂ©s del cual se desarrollĂł un estudio en seis estados del paĂs, denominado: “LegislaciĂłn, polĂtica pĂşblica y Trata de Personas”.
De acuerdo al informe, la entidad potosina tiene un alto grado de violencia hacia la mujer, registrando de 2017 a mayo de 2020; mil 838 casos de violaciĂłn, mil 547 casos de abuso sexual; 485 casos de acoso sexual; 102 casos de hostigamiento sexual; 308 homicidios; 29 secuestros; 87 feminicidios y 9 vĂctimas de trata de personas.
En el caso de la violencia contra los hombres de 2017 a mayo de 2020 se registraron 2 mil 386 homicidios, 66 secuestros y 4 vĂctimas de trata de personas.
TambiĂ©n se señala que desde el 2017 a mayo de 2020 se registraron en total 23 casos de trata de personas, de los cuales 10 de las vĂctimas no se identificaron como hombre o mujer, mientras que los principales sectores de explotaciĂłn en el estado son: explotaciĂłn sexual, explotaciĂłn laboral, trabajo forzoso, servidumbre forzada, prostituciĂłn forzada, mendicidad forzada y delincuencia organizada.
TambiĂ©n se agrega que aunque el estado potosino cuenta con dos leyes en materia de trata: la primera es la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas publicada en 2011, y la segunda es la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas; y para la ProtecciĂłn y Asistencia de las VĂctimas de estos delitos, publicada en 2018, dichas leyes no hacen menciĂłn a las sanciones que se deben aplicar por el delito de trata de personas y sus diferentes modalidades.
Entre el resto de las recomendaciones que se emiten para las autoridades estatales, se encuentran: la creaciĂłn de albergues para la atenciĂłn de vĂctimas de trata de personas por parte del Estado e integrar la participaciĂłn de las organizaciones de la sociedad civil para la creaciĂłn de dichos albergues; que exista una ComisiĂłn Interinstitucional genere un informe de las actividades realizadas anualmente, y de los avances de los acuerdos que se hayan generado en sesiones anteriores, ya que no existe un registrĂł actualizado de sus reuniones ni de sus actividades elaboradas; generar un mecanismo más activo para el fomento de justicia a las vĂctimas del delito de trata de personas; y seguir fomentando la cultura de la denuncia del delito y la perspectiva de gĂ©nero que ha servido para ir combatiendo los delitos contra las mujeres.

source https://sanluis.eluniversal.com.mx/seguridad/03-08-2020/de-2017-mayo-de-2020-se-registraron-23-denuncias-por-trata-en-slp
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