El Punto de Acuerdo establece que ante los actos de molestia que constantemente reciben estos ciudadanos, a pesar de que las disposiciones legales son claras, y que a partir de ellas cualquier motocicleta cuya capacidad sea igual o superior a 400 centĂmetros cĂşbicos, puede circular sin restricciĂłn en vĂas de acceso controlado.
La propuesta establece que el Congreso del Estado exhorta a las autoridades municipales para que de manera inmediata, ordene la revisiĂłn y en su caso, la adecuaciĂłn del Reglamento de Tránsito de ese municipio, en concordancia con lo que dispone el artĂculo 51 de la Ley de Tránsito del Estado y al Director de Tránsito del Municipio de San Luis PotosĂ, para que, capacite a sus elementos de tránsito, con el fin de observar la Ley de Tránsito del Estado, en especial lo dispuesto por el artĂculo 51 de la misma.
Asimismo, para que, de inmediato, sea retirada la señalética restrictiva que contraviene dicho dispositivo legal.
Se explica que el 23 de abril de 2017, se publicĂł en el PeriĂłdico Oficial del Estado, el decreto por el cual se modifica la Ley de Tránsito del Estado que a la letra dice: En las vĂas de acceso controlado, estará permitida la circulaciĂłn de motocicletas con capacidad igual o superior a
400cc, por lo que la señalizaciĂłn en dichas vĂas no podrá restringir el acceso a este tipo de vehĂculos.
Al respecto, integrantes de las asociaciones, “Motociclismo Organizado, A.C.” y “Velocidad y AceleraciĂłn Mexican A.C.”, han denunciado que son detenidos por parte de agentes de tránsito, principalmente del municipio de San Luis PotosĂ al circular por vĂas como Salvador Nava, Rio Santiago y Boulevard Españita. Señalan que, los agentes de tránsito argumentan que el Reglamento de Tránsito del Municipio, no contempla la reforma que ha sido citada en el párrafo que antecede; o bien, que hay señalĂ©tica restrictiva que impide su circulaciĂłn.
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